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 =

La boleta de auxi= lio frente a la violencia intrafamiliar

 

The domestic viol= ence distress ticket

 =

 =


1=

Ivonne Elizabeth Bolaños Arciniegas

https://orcid.org/0009-0000-82= 96-1080

 

 <= /span>

Doctor en Jurisprudencia y abogado de los Tribunales y Juzgados de la República = por la Universidad Central del Ecuador, Maestrante de la Maestría en Derecho Procesal y Litigación Oral por la Universidad Indoamérica. Sede Ambato. <= o:p>

i= bolanos2@indoamerica.edu.ec

2=

Danny Xavier Sánchez O.

https://orcid.org/0000-0001-57= 83-2682

 

 <= /span>

Doctorando por la Pontificia Universidad católica de Argentina. Posee título de maes= tría en Derecho mención Derecho Penal y Procesal Penal, Posee título de maestr= ía en Derecho Penal Económico, diplomatura en derecho procesal penal- mención experto litigante, consejo de la judicatura. Experto Universitario en Técnicas de Litigación en Juicio. Abogado titulado por la Pontificia Universidad del Ecuador Ambato. Actualmente profesor – investigador titul= ar de Derecho Penal y Teoría del Delito en la Universidad Indoamérica – Amba= to; Coordinador de Posgrados de la carrera de Derecho Universidad Indoamérica= .

dannys= anchez@uti.edu.ec

 

 

 

 

Artículo de Investigación Científica y Tecnológica

Enviado: 11/05/2= 023

Revisado: 26/06/= 2023

Aceptado: 14/07/= 2023

Publicado:15/08/= 2023

DOI: <= span style=3D'mso-tab-count:1'>      https://doi.org/10.33262/vis= ionariodigital.v7i3.2645 =           =       

 

 

 

 

Cítese:

 

 

Bolaños Arciniegas, I. E., & Sánchez O., D. = X. (2023). La boleta de auxilio frente a la violencia intrafamiliar. Visiona= rio Digital, 7(3), 84-115. https://doi.org/10.33262/visionariodigital.v7i3.2645=

 

 

 

 

VISIONARIO DIGITAL, es una revista científica, trimestral, que= se publicará en soporte electrónico tiene como misión contribuir a la   formación de profesionales competentes con visión humaníst= ica y crítica que sean capaces de exponer sus resultados investigativos y científicos en la misma medida que se promueva mediante su intervención cambios positivos en la sociedad. https://visionariodigital.org

La revista es editada por la Editorial Ciencia Digital (Editorial de prestigio registrada en la Cámara Ecuatoria= na de Libro con No de Afiliación 663) www.celibro.org.ec

 

 

 

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Palabras claves:= Violencia intrafamiliar, boleta de auxilio, labor social, familia, femicidio.=

 

Resumen

Introdu= cción: se examina la violencia en sus diversas formas y las causas que la impulsan, con énfasi= s en la violencia intrafamiliar, como una manifestación de las relaciones de p= oder entre hombres y mujeres, que a menudo se naturaliza en la sociedad y no distingue edad, etnia, condición social o identidad de género. Para prote= ger a las víctimas de la violencia, se han desarrollado herramientas legales a nivel nacional e internacional, y se mencionan las leyes de Ecuador que abordan la violencia contra las mujeres y el femicidio. Objetivos: Establecer criterios para determinar si la boleta de auxilio debe mantenerse o ser revocada después de terminada una investigación de violencia intrafamilia= r. Metodología: El estudio se basa en un enfoque cualitativo y utiliza métodos de investigación documental para analizar la boleta de auxilio frente a la violencia intrafamiliar en Ecuador. Se examinan las disposiciones legales, los tratados y trabajos científicos relevantes, así como los principios y criterios aplicados en la protección contra la violencia intrafamiliar. La investigación documental proporciona información valiosa y diversa para respaldar el análisis. Resultados: se destaca q= ue la violencia intrafamiliar conlleva altos costos sociales, económicos y personales para la víct= ima y la familia, y puede generar enfermedades físicas, mentales e incluso la muerte. Los índices de violencia intrafamiliar en Ecuador han ido en aume= nto, y la boleta de auxilio se ha convertido en una herramienta importante para proteger a las personas en riesgo de sufrir agresiones. Se ha desarrollado una investigación doctrinaria documental, estadística, legal y jurisprude= ncial, todo con el fin de cumplir con el objetivo general de establecer criterios para determinar si la boleta de auxilio debe mantenerse o ser revocada después de terminada una investigación de violencia intrafamiliar. Con= clusiones: se concluye que el Estado debe garantizar la protección de las person= as en riesgo de violencia, y el planteamiento de medidas de protección como = una forma de prevenir futuros actos de violencia. Área de estudio general:= Derecho. Área de estudio específic= a: Derecho de familia / Derecho penal.<= /span>

&n= bsp;

&n= bsp;

 

Keywords:

Domestic violence, help ticket, social work, family, femicide.

 

Abstr= act

Introduction: violenc= e in its various forms and the causes that drive it is examined, with emphasis= on domestic violence, as a manifestation of power relations between men and women, which is often naturalized in society and does not distinguish age, ethnicity, social status, or gender identity. To protect victims of viole= nce, legal tools have been developed at the national and international levels,= and Ecuador's laws addressing violence against women and femicide are mention= ed. Objectives: To establish criteria to determine whether the distress ballot should be maintained or revoked after an investigation of domestic violence has been completed. Methodology: The study is based on a qualitative approach and uses documentary research methods to analyze the relief tick= et against domestic violence in Ecuador. It examines relevant legal provisio= ns, treaties, and scientific works, as well as the principles and criteria ap= plied in protection against domestic violence. Desk research provides valuable = and diverse information to support analysis. Results: it is highlighted that domestic violence entails high social, economic, and personal costs for the victim and the family, = and can generate physical, mental illnesses and even death. Rates of domestic violence in Ecuador have been on the rise, and the help ticket has become= an important tool to protect people at risk of aggression. Documentary, statistical, legal, and jurisprudential research has been carried out, all with the aim of fulfilling the general objective of establishing criteria= for determining whether the distress ballot should be maintained or revoked a= fter an investigation of domestic violence has been completed. Conclusions:= it is concluded that the State must guarantee the protection of people at ri= sk of violence, and the approach of protection measures to prevent future ac= ts of violence. General area of study: Law. Specific area of study: Family Law / Criminal Law.

 

 

 

 

Introducción

A lo largo de la historia, la violencia ha tomado diversas formas debido a va= rios factores como desigualdad, ingobernabilidad, la familia, el porte de armas = y el alcohol. Para prevenir esta problemática, algunas jurisdicciones otorgan boletas de auxilio a las víctimas para protegerlos de la situación de riesg= o. Cabe destacar que la viole= ncia intrafamiliar se manifiesta por la existencia de relaciones dispares de poder entre hombr= es y mujeres, en las que los roles de género asignados tradicionalmente desdeñan= a lo femenino al otorgar poder y autoridad a lo masculino, manifestándose en diversas formas de abuso en algunos casos. En muchas sociedades es una prác= tica que se encuentra naturalizada en las relaciones sociales, que no distingue edad, pertenencia étnica, racial, condición socioeconómica, condición físic= a, estado integral de salud, condición migratoria e identidad sexo-genérica (<= /span>León-Vintimilla & Ramírez-Velásquez, 2= 022).

Dentro del marco del ordenamiento jurídico ecuatoriano e internacional se han desarrollado múltiples herramientas para precautelar y prevalecer los derec= hos de las víctimas de violencia, tal es el caso de:

·      =    Convención sobre la eliminación de todas las forma= s de discriminación contra la mujer (Comité para la Eliminación de la Discrimina= ción contra la Mujer, 1981).

·      =    Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar= y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Asamblea General de la Organización= de Estados Americanos, 1995).

·&nb= sp;        Constitución de la República del Ecuador (Asamblea Nacional Constituyente, 2008)= <= span style=3D'font-family:"Times New Roman",serif;color:black;mso-themecolor:tex= t1; mso-ansi-language:ES-EC'>.

·&nb= sp;        Ley Orgánica Inte= gral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres En el Ecuador<= !--[if supportFields]>CITATION Asa18 \t  \l 3082  (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018)<= span style=3D'font-family:"Times New Roman",serif;color:black;mso-themecolor:tex= t1; mso-ansi-language:ES-EC'>.

·&nb= sp;        Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).

Este último que tipifica 3 tipos de violenci= a, además incluyó el femicidio como un delito autónomo. Las lesiones físicas, mutilaciones y otras secuelas producto de la violencia, conllevan altos cos= tos sociales, familiares, económicos y personales causando a la víctima y al nú= cleo familiar, una baja autoestima; caída en pobreza; problemas psicológicos, que generan no solo gastos por atención médica; días de abandono del trabajo; discapacidades, disminución del rendimiento intelectual y físico; enfermeda= des físicas y/o mentales e incluso la muerte.

A lo largo del tiempo, los índices de violencia intrafamiliar en el país han = ido incrementando, lo cual es un problema que abarca varios aspectos y realidad= es, mismas que se irán analizando en el desarrollo del presente trabajo. En el Ecuador, para evitar nuevos actos de violencia, la boleta de auxilio se ha convertido en una herramienta de protección para las personas que están en riesgo de sufrir este tipo de agresiones por parte de miembros de su famili= a. Es importante abordar el tema de la violencia en el ámbito doméstico, especialmente en lo que se refiere a las boletas de auxilio. En la sociedad ecuatoriana, el maltrato verbal y físico es un problema que debe ser tomado= en cuenta. En algunos estratos sociales, el maltrato se ha normalizado, trascendiendo a casos de femicidio en los últimos años. Es menester tomar medidas para prevenir la violencia y garantizar la seguridad de las mujeres= y otros miembros del núcleo familiar (Chinchilla, 2018= ).

Según Narváez (2019): “las medidas = de protección deberían mantenerse al margen de las resultas de la actividad del Ministerio Público o de la responsabilidad penal del agresor, pues, a travé= s de ellas se busca preservar a la persona humana” (p. 177). Sosteniendo e= sta teoría bajo el contexto que “la defensa de la persona humana y el respeto d= e su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado” (Ledesma, 2019, p= . 178). Partiendo de = este punto queda claro que el Estado es quien debe velar por materializar elemen= tos idóneos para su implementación, que a la vez se constituye en un derecho de toda persona, que considere que está en riesgo su vida, su integridad moral, psíquica y física.

En virtud de todo lo mencionado, se plantean= las medidas de protección para las víctimas de violencia de esta índole, con el= fin de prevenir y evitar futuros actos de violencia que puedan afectar a las mujeres o miembros del núcleo familiar,  en lo que respecta a medidas de protección Aguirrezabal (2018)= , las define como: “actitudes y decisiones que t= oma el Estado a través de sus instituciones públicas” (p. 13= ). A fin de hacer efectivo el cuidado y protección de la víctima de la agresión psicológica, = con respecto a su agresor; mecanismos que buscan brindar apoyo y protección a l= as víctimas de violencia e impedir la continuación de estos actos.=

Dentro de estas medidas, una de las más comu= nes aplicables es la boleta de auxilio, misma que consiste en una orden emitida= por el juez competente, la cual debe ser utilizada en los casos en los que corra peligro la integridad de la persona beneficiada con este mecanismo, y quien= es actuaran en su efectivo complimiento será la policía nacional, puesto que la misma es válida a toda hora y a nivel nacional (Chinchilla, 2018).

De todo esto se debe señalar que las agresio= nes a la mujer o miembros del núcleo familiar han ido en aumento, los altos índices de violencia intrafamiliar que se registran en Ecua= dor han provocado que se incrementen las medidas de protección, ante situacione= s de esta naturaleza. Las víctimas siempre tienen la opción y posibilidad de solicitar que se les otorgue medidas de protección, no obstante, cuando el juez archiva la denuncia presentada por= que no se pudieron recabar los suficientes elementos de convicción, mencionadas acciones quedan sin efecto, provocando que la posible victima quede en indefensión.

Se busca principalmente realizar un estudio crítico e investigativo en torno a la boleta de auxilio como medida de protección, misma que debe garantizar la integridad de la víctima en todas = las circunstancias, planteando la posibilidad de que no se revoquen estas medid= as a menos que exista petición expresa de la víctima y los elementos de convicci= ón suficientes en los que se pueda evidenciar que la integridad de ésta no se encuentra en riesgo de futuras agresiones. Para lo cual se realizará una investigación doctrinaria documental, estadística, legal y jurisprudencial, todo con el fin de cumplir con el objetivo general de estab= lecer criterios para determinar si la boleta de auxilio debe mantenerse o ser revocada después de terminada una investigación de violencia intrafamiliar.=

Metodología

En el presente estudio, se ha utilizado un enfoque cualitativo, investigación documental, doctrinaria y del ordenamiento jurídico ecuatoriano para aborda= r el tema de la boleta de auxilio frente a la violencia intrafamiliar. Para el desarrollo de este estudio, se han analizado los tratados y trabajos científicos relacionados con el tema, así como las normas jurídicas vigente= s en el Ecuador. De esta manera, se ha realizado un análisis de las disposiciones legales que regulan el tema de la boleta de auxilio, así como de los princi= pios y criterios que se emplean para su aplicación (Fernández & Baptista, 2019).

Además, se ha recurrido a la investigación documental para recopilar información pertinente sobre el tema. Esta información ha sido obtenida a través de diversas fuentes, como revistas científicas, libros, trabajos académicos, documentos oficiales, entre otros.

Desarrollo

Violenc= ia intrafamiliar

Los enfoques sistémicos en el área de la psicoterapia han tenido una perspectiva anteriormente centrada en el punto de vista de la víctima de violencia intrafamiliar, con un énfasis en los efectos traumáticos del abuso sin pres= tar atención a los responsables, ni a la importancia de la situación social. La terapia sistémica se esfuerza por ofrecer una visión integral del funcionamiento de la familia. Etimológicamente la palabra Violencia proviene del latín Violare que significa “tratar con fuerza” (De la Torre, 2019, p. 46).

Es posible definir la violencia como el uso deliberado de la fuerza física u o= tros poderes, sea reales o amenazantes, contra una persona, un grupo o una comunidad, que conlleva el riesgo de heridas, daños psicológicos, trastorno= s en el desarrollo, privaciones o el fallecimiento. Esta definición toma en cuen= ta tanto la intención como el acto mismo, sin importar el resultado producido = (De la Torre, 2019).

Existen numerosos tipos de violencia, entre los cuales está la violencia física, la sexual, la verbal, la económica y la de género, en este contexto se deriva = la violencia ocurrida dentro del núcleo familiar. Al referirse a la violencia intrafamiliar, es necesario considerar las subcategorías que indican la agresión no solo hacia las mujeres, sino también hacia otros miembros de la familia. Por lo tanto, se debe prestar especial atención a los niños (Troya, 2018).

Tipos de Violencia intrafamiliar

·      =    Maltrato físico

El ma= ltrato físico en el contexto de la violencia intrafamiliar se refiere a cualquier = tipo de acción que cause daño o lesiones físicas a un miembro de la familia por parte de otro miembro de la familia. Esto puede incluir golpes, empujones, bofetadas, patadas, quemaduras, estrangulamientos, entre otros actos violen= tos. El maltrato físico también puede incluir el uso de objetos como armas, palo= s, cinturones o cualquier otro objeto que se utilice para infligir daño físico= en un miembro de la familia. Cabe destacar que el maltrato físico puede ser llevado a cabo por cualquier miembro de la familia, incluyendo padres, hijo= s, parejas o cualquier otro miembro del hogar. Es importante tener en cuenta q= ue el maltrato físico puede tener consecuencias graves para la salud física y mental de la víctima y puede tener un impacto duradero en su vida. Por esta razón, es esencial que se tomen medidas para prevenir y detener la violencia intrafamiliar y que se brinde apoyo a las víctimas. (Troya, 2018)

·&nb= sp;        Maltrato Psicológico/emocional

Se considera que el maltrato psicológico ocurre cuando una persona usa un patr= ón de comportamiento que es atentatorio contra el bienestar emocional y mental= de otra persona parte del entorno familiar. Esto puede incluir el abandono, el rech= azo, la explotación, la intimidación y la violencia emocional sin la presencia de daños físicos (De la Torre, 201= 9).

·&nb= sp;        Abuso sexual

Esta forma de abuso implica toda acción sexual ejecutada por una persona que se encuentra en una posición de poder o intimidación sobre un miembro del núcl= eo familiar (Troya, 2018).

·&nb= sp;        Negligencia

Esta situación se refiere a la violencia relacionada con el descuido= , lo cual implica que las necesidades básicas de una persona en situación de vulnerabilidad, tanto físicas (alimentación, vestimenta, higiene, protecció= n y supervisión en situaciones que pueden ser potencialmente peligrosas, educac= ión y/o atención médica) como cognitivas, no sean satisfechas de forma temporal= o permanente por ningún miembro del grupo familiar responsable de proporcionar cuidado.

Los tipos de negligencia hacia los niños pueden dividirse en físicos, médicos y educativos, siendo los primeros dos los más relevantes. Las falta= s de cuidado físicos pueden acarrear daños observables en el menor, mientras que= las negligencias médicas se relacionan con la prevención de enfermedades. Por su parte, la parte educativa consiste en el control por parte del adulto para = que el niño asista a la escuela y se aleje de cualquier sustancia que pueda alt= erar su comportamiento.

Es necesario tener en cuenta la violencia de géner= o, la cual está incluida dentro de la violencia intrafamiliar. Esta debe ser considerada, tomando en cuenta los datos estadísticos que se presentaron en= la presentación del problema (Guamani, 2019).

Viole= ncia intrafamiliar de Género

La violencia intrafamiliar de género se refiere a la discriminación en la que = un miembro de la familia es sometido y en muchos casos, abusado. Las mujeres s= on particularmente vulnerables a esto, pues generalmente los hombres ejercen m= ayor autoridad dentro del hogar. La violencia no se debe a características individuales y patológicas de una cantidad de personas, sino que se trata de una forma cultural de establecer identidades y relaciones entre hombres y mujeres. Esta violencia contra la mujer se manifiesta en una sociedad que mantiene una estructura de género que perpetúa la supremacía de los hombres sobre las mujeres y asigna distintas cualidades, funciones y espacios en ba= se al sexo (Muñoz, 2018).

Existen varias causas que contribuyen a la perpetuación de la violencia de género e= n el hogar. Una es la cultura, que impone ciertas normas y expectativas. Otro fa= ctor es la economía, que refuerza la dependencia económica de la mujer respecto = al hombre. Enmarcándonos en el mismo tema de los factores, se pone en manifies= to la importancia del contexto sociocultural y la necesidad de reconocer el pa= pel de la mujer. Esto implica darle el valor que se merece en todas las áreas en las que pueda estar involucradaCITATION Rom20 \l 3082  (Romero, 2020).

Legislación ecuatoriana en= la tipificación de violencia de genero

En Ecuador, la violencia de género está tipificada y abordada en varias leyes y normativas. La legislación ecuatoriana reconoce y protege los derechos de l= as mujeres, y ha implementado medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género en todas sus formas. A continuación, te proporcionaré u= na descripción general de algunos aspectos relevantes de la legislación ecuatoriana en relación con la violencia de género:

·         Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional = del Ecuador, 2014): El COIP es la principal ley penal en Ecuador y establece disposiciones relacionadas con la violencia de género. En este código se tipifican diversos delitos, como la violencia física, psicológica, y sexual= contra las mujeres. También se establecen sanciones para quienes cometan estos delitos.

·      =    Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018): Esta ley tien= e como objetivo prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Establece medidas de protección para las víctimas, define los tipos de violencia de género y proporciona mecanismos para su denuncia y atención.

Estas son solo algunas de las leyes en Ecuador relacionadas con la violencia de género. Es importante destacar que la legislación ecuatoriana también ha implementado programas y políticas para la prevención de la violencia de género, así como para la protección y apoyo a las víctimas.

La protección de los derec= hos de la mujer

Históricamente los derechos humanos de las mujeres son pasados por alto o vulnerados en al= gunos de los países del mundo. Por tanto, es esencial defender y apoyar los derec= hos humanos de la mujer, ya que esto garantizará la igualdad de trato para todas las personas. La educación es una forma efectiva de proteger los derechos d= e la mujer (Romero, 2020).

Es importante educar tanto a hombres como a mujeres sobre los derechos humanos= y la igualdad de género. Esto ayudará a eliminar la discriminación y el sexis= mo en nuestra sociedad. Además, es necesario asegurar que la legislación refle= je y proteja los derechos de la mujer. Esto incluye leyes sobre el trabajo, la igualdad salarial, la violencia de género, entre otros. Estas leyes deben s= er implementadas de forma efectiva para garantizar que las mujeres sean tratad= as justamente (Muñoz, 2018).

La protección de los derechos de la mujer es un tema importante y crucial en t= odo el mundo. A lo largo de la historia, las mujeres han sido discriminadas y marginadas en muchas áreas de la vida, incluyendo la educación, el empleo, = la política y la ley. Por esta razón, la protección de los derechos de la muje= r se ha convertido en un tema de preocupación global (Muñoz, 2018).

Algunos de los derechos de las mujeres que se buscan se pueden visualizar en el siguiente listado.

1.      Derec= ho a la educación: Todas las mujeres tienen derecho a una educación de calidad y accesible.

2.      Derec= ho a la igualdad: Las mujeres deben tener los mismos derechos y oportunidades que los hombres en todos los ámbitos de la vida.

3.      Derec= ho a la no discriminación: Las mujeres no deben ser discriminadas por su género, orientación sexual, raza, religión u otra característica personal.

4.      Derec= ho a la libertad: Las mujeres tienen derecho a la libertad personal, incluyendo = la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

5.      Derec= ho a la justicia: Las mujeres tienen derecho a la igualdad ante la ley y a un ju= icio justo.

6.      Derec= ho a la salud: Las mujeres tienen derecho a la atención médica de calidad y a una atención sanitaria adecuada.

7.      Derec= ho a la participación política: Las mujeres tienen derecho a participar en la política y en la toma de decisiones en igualdad de condiciones que los homb= res (Romero, 2020).

A pesar de que en varios países se han establecido normas y medidas para garantizar los derechos de las mujeres, aún existen desafíos en la protecci= ón y respeto de dichos derechos a nivel global. Es fundamental que tanto los gobiernos, organizaciones y la sociedad en general colaboren en la lucha co= ntra la discriminación y la violencia hacia las mujeres y trabajen juntos para asegurar la protección de sus derechos (Romero, 2020).

 Violencia contra la mujer

La violencia contra la mujer es un problema social y de derechos humanos que se refiere a cualquier acto de violencia basado en el género que resulta en da= ño físico, sexual, psicológico o emocional para las mujeres. Esta forma de violencia incluye una amplia variedad de comportamientos, como la violencia doméstica, la violación, el acoso sexual, el tráfico de personas, el matrim= onio forzado y otros tipos de explotación (Aulestia, 2018).

La violencia contra las mujeres es una forma de discriminación de género y es = un obstáculo para lograr la igualdad de género. Es necesario abordar la violen= cia contra las mujeres mediante la promoción de la igualdad de género, la educación, el fortalecimiento de los derechos de las mujeres y la implementación de leyes y políticas que protejan los derechos de las mujere= s y sancionen a los perpetradores de violencia.

Tipos= de violencia contra la mujer

Es importante destacar que la violencia contra las mujeres no es solo física, = también puede ser psicológica, sexual, económica y cultural

·&nb= sp;        La violencia psicológica= : incluye insultos, amenazas, aislamiento y control.

·&nb= sp;        La violencia sexual: inc= luye el acoso, el abuso y la violación.

·      =    La violencia económica: = incluye la privación económica, la explotación y el control financiero. La violenci= a cult= ural se refiere a la discriminación y la opresión basada en normas culturales y = de género (Merchan, 2020).

La Cons= titución de la República del Ecuador frente a la violencia intrafamiliar<= /span>

Es fundamental considerar los instrumentos legales disponibles en Ecuador para prevenir, castigar y eliminar la violencia doméstica. El Estado tiene la obligación de reconocer y proporcionar derechos y protecciones a sus ciudad= anos en situaciones de vulnerabilidad y peligro. Con el fin de brindar atención rápida y especializada en el ámbito público y privado, todo ello respaldado= por un nuevo paradigma constitucionalCITATION Tro18 \l 3082  (Troya, 2018).

El Ecuador ha establecido diversos marcos legales tanto nacionales como internacionales para proteger los derechos y garantías de sus ciudadanos y prevenir todo tipo de violencia en su territorio. El Plan Nacional del Buen Vivir es una iniciativa que busca proteger a las personas afectadas por la violencia, y establece objetivos y directrices para el desarrollo efectivo = de la administración gubernamental.

El Estado tiene la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de la ley para proteger los derechos y garantías constitucionales de todos los ciudadanos, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad. Esto se logra a trav= és de las agencias apropiadas. La reorganización institucional ha permitido la creación y el fortalecimiento de entidades dedicadas a proteger los derecho= s y libertades establecidos en la Constitución de la República del Ecuador para personas que sufren violencia doméstica.

Estas instituciones trabajan en colaboración con otras para implementar planes y proyectos destinados a garantizar una vida libre de violencia para todos los habitantes del país (Troya, 2018). En la actuali= dad, hay varias entidades implicadas en la comisión de este tipo de infracciones, como, por ejemplo, las detalladas a continuación.

·      =    Ministerio del Interior

·      =    Ministerio de Justicia, Derechos Human= os y Cultos

·      =    Ministerio de Inclusión Económica y So= cial

·      =    Consejo de la Judicatura

·      =    Consejo Nacional para la Igualdad de Género

·      =    Defensoría del Pueblo

·      =    Defensoría Pública

·      =    Comisión para la defensa de los derech= os de las mujeres de la Asamblea Nacional

En el marco de las entidades encargadas de proporcionar ayuda directa e inmedi= ata a las personas afectadas por este delito, están presentes las Unidades Judiciales de Violencia a la Mujer y la Familia; los cuales son administrad= os por el Código Orgánico de la Función Judicial (Asamblea Nacional del Ecuador, 2009), los mismos qu= e han jugado un papel fundamental para asegurar los derechos y garantías legales = de las personas que han sufrido violencia intrafamiliar (Aulestia, 2018).

La violencia intrafamiliar en la legislación interna

La Constitución de la República del Ecuador ofrece una significativa protecció= n a los derechos a la vida, entre los cuales se destacan la libertad de vivir s= in violencia, la integridad física, psíquica y moral, la libertad y seguridad personal, y la igualdad de protección bajo la ley (Guamani, 2019).

De esta manera el art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador, reco= noce estos principios básicos, señalando que todas las personas son iguales y disfrutarán de los mismos derechos, obligaciones y oportunidades (Asamblea Nacional Constituyente del Ecua= dor, 2008). El Estado establecerá medida= s de acción positiva para promover la igualdad real para quienes se encuentren en situación de desigualdad (Troya, 2018).

Las personas víctimas de violencia son incluidas dentro de los grupos que recib= en una atención prioritaria por parte del Estado, específicamente aquellas que sufren violencia doméstica. Esto se establece en el art. 35 de la Constituc= ión de la República del Ecuador, que indica que tanto las personas en situación= de riesgo como las víctimas de violencia doméstica y sexual recibirán un tratamiento especial y seguridad jurídica = (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008).= Además, establece, la atención prioritaria y especializada como un derecho garantizado por el Estado a las personas y grupos que requieran ese tipo de atención. Esto incluye a las víctimas de violencia doméstica, tanto en los ámbitos públicos como privados (Espinoza & Garces, 2019).

 La Constitución de la República del Ecua= dor, asegura que las mujeres tengan el mismo acceso a empleo, educación y promociones laborales y profesionales, así como una remuneración equitativa= y la libertad de trabajo autónomo. Además de Prohibir todas las formas de discriminación, acoso o violencia en el trabajo, ya sea directa o indirecta, que afecten a las mujeres (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 200= 8, p. 151).

El proc= eso penal ante la violencia intrafamiliar

El Estado ecuatoriano está obligado a garantizar el derecho a una vida libre de violencia, lo que se contempla en la Constitución de la República del Ecuad= or, la cual afirma en el art. 81 que la ley establecerá mecanismos eficientes p= ara juzgar y sancionar los delitos relacionados con la violencia intrafamiliar = (Asamblea Nacional Constituyente del Ecua= dor, 2008).

El Ecuador decidió incluir el tema de la violencia intrafamiliar en el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), en los art. = 155 al 158 donde se definen qué es la violencia intrafamiliar y las formas en q= ue se manifiesta. De acuerdo con la legislación ecuatoriana, el Art. 155 del Código Orgánico Integral (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), define la violencia intrafamiliar como cualquier comportamiento que implique maltrato físico, psicológico o sexual de un miembro de la familia hacia la mujer u o= tros miembros de la unidad familiar (Delgado, 2021).

El Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), no se limita a documentar la violencia intrafamiliar contra las mujeres y los miembros de la familia, sino que también estipula las medidas apropiadas qu= e la autoridad debe tomar para garantizar la seguridad y el bienestar de quienes= han sido víctimas de este tipo de delito (Merchan, 2020).

Las medidas de protección<= o:p>

Las medidas de protección son los medios que el juez o jueza utiliza para salvaguardar a las víctimas de violencia intrafamiliar. Estas medidas deben= ser implementadas de manera inmediata una vez que el juez o jueza tenga conocimiento del caso, ya que su objetivo principal es proteger los derecho= s y garantías de las víctimas. Castillo & Ruiz (2021) describen que = las medidas de prevención tienen como objetivo detectar y comprender las causas= y efectos de las situaciones de riesgo en las que se encuentran las víctimas y posibles víctimas de violencia de género, y evitar que sufran daños reales.=

Según Díaz (2014), las medidas de protección y la intervención del Estado buscan brindar apoyo y protección a= las víctimas de agresiones, y prevenir la continuación de estas. Estas medidas = son consideradas como actitudes y decisiones que toma el Estado a través de diversas instituciones públicas para garantizar el cuidado y protección de = las víctimas.

Las autoridades competentes imponen medidas de seguridad para proteger, garanti= zar y salvaguardar los derechos de aquellos afectados por la violencia, sea psicológica, sexual o física. Estas medidas tienen como objetivo prevenir c= ualquier tipo de violencia y respetar los derechos de la Constitución de la República del Ecuador. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradi= car la Violencia Contra la Mujer (Asamblea General de la Organizacion de Estados Americanos, 1995), declara que las mujeres tienen el derecho de vivir sin violencia y establece que el maltrato es una violación de los derechos humanos. Además, esta convención fue la primera en implementar un sistema de defensa, protección y apoyo a las víctimas, en especial a las mujeres (Carrasco, 2020).

Desde el año de 1995, Ecuador ha implementado medidas de protección en respuesta = a la Ley Orgánica contra la Violencia a la Mujer y a la Familia (llamada Ley 103= ), la cual cumple con la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer (Asamblea General de la Organizacion de Estados Americanos, 1995) . Esta ley establece que cuando se conozca un caso de violencia intrafamili= ar (Delgado, 2021), las autoridad= es deben actuar inmediatamente imponiendo una o más medidas de amparo a la per= sona afectada, como las descritas en el siguiente listado.

1.      Otorgar las boletas de auxilio requeridos a la mujer y demás integrantes de la familia.

2.      Ordenar el alejamiento del agresor de = la residencia si la convivencia conlleva un peligro para la protección física, psicológica o libertad sexual de la familia.

3.      Impedir al agresor que se acerque a la persona agredida en su lugar de trabajo o de estudio.

4.      Prohibir o restringir al agresor el ac= ceso al individuo violentado

5.      Impedir que el agresor, bien directame= nte o a través de otras personas, acose o intimide a la víctima o a algún miemb= ro de su familia.

6.      Se permitirá que la persona agredida vuelva al hogar, con la salida simultánea del agresor si ambos comparten el mismo domicilio.

7.      Otorgar la custodia de la víctima meno= r de edad o incapaz a persona idónea siguiendo lo dispuesto en el artículo 107, regla 6 del Código Civil y las disposiciones del Código de menores

8.      Ordenar el tratamiento al que deben someterse las partes y los hijos menores de edad si fuera el caso<= !--[if supportFields]>CITATION Ana19 \l 3082  (Marchena, 2019)<= span style=3D'font-family:"Times New Roman",serif;mso-ascii-theme-font:minor-lat= in; mso-hansi-theme-font:minor-latin;mso-bidi-theme-font:minor-latin;mso-ansi-l= anguage: ES-EC'>.

Así mismo, en el artículo 558.1 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), se establecen medidas para prevenir los casos = de violencia contra la mujer. Estas medidas, junto con las establecidas en el artículo anterior, buscan garantizar la seguridad y prevenir los daños físi= cos, psicológicos y sexuales que la violencia de género puede causar. La Organización Mundial de la Salud, ha reconocido que estas situaciones son un problema a nivel mundial, por lo que el Estado ha creado normas y ha acogido derechos que ayuden a prevenir esta clase de tratos (Marchena, 2019).

= Tabla 1

Comparación entre el COIP y la actual = Ley para erradicarla violencia intrafamiliar

Medidas de protección

COIP

Ley para erradicar la violencia intrafamiliar

Orden de alejamiento

SI

SI

Prohibición de acercarse a la victima=

SI

SI

Retiro del agresor del domicilio

SI

SI

Protección policial a la victima

SI

SI

Asistencia y apoyo psicológico a la victima=

SI

SI

Acceso a servicios médicos y de salud=

SI

SI

Derivación a programas de atención y rehabilitac= ión

SI

SI

Suspensión del ejercicio de la patria potestad

SI

SI

Orden de arresto al agresor

SI

SI

Acompañamiento y protección a testigos

SI

SI

Fuente: Aulestia (2018, p.46)

Después de que la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia cont= ra las Mujeres entrara en vigor (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018), el Consejo de= la Judicatura se propuso implementar la automatización de la entrega de medida= s de protección como parte de un esfuerzo interinstitucional para cumplir con las obligaciones establecidas por la ley. Esto se hizo en consonancia con los principios de acceso a la justicia, tutela judicial efectiva, celeridad en = los procesos y protección integral (Consejo de la Judicatura, 2021).

Las medidas de protección se utilizan para prevenir la violación de los derecho= s y libertades de las víctimas de violencia, y se aplican con el objetivo de detener la continuación de las agresiones, evitar la escalada de la violenc= ia, y proporcionar seguridad y protección. Estas medidas pueden ser de naturale= za administrativa o penal. Según el artículo 51 de la Ley Orgánica Integral pa= ra Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), las medidas de protección administrativas se pueden otorgar directamente a las víctimas en= las Juntas Cantonales de Protección de Derechos o en las Tenencias Políticas. Luego, estas medidas son evaluadas por los jueces, quienes pueden ratificar= las, modificarlas o revocarlas. En aquellos lugares donde no exista una Junta Cantonal de Protección de Derechos, las medidas pueden ser otorgadas en las Comisarías Nacionales o en las Intendencias de Policía.

En el artículo 558 y 558.1 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacion= al del Ecuador, 2014) se establecen medidas de prevención y protección de los derechos de las víctimas de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, y se enumeran las medidas de protección que deben ser otorgadas y ejecutadas a su favor. Estas medidas se conceden durante una investigación o proceso penal y son solicitadas por el Fiscal tan pronto como se recibe una denuncia. Una vez solicitadas, deben ser notificadas inmediatamente al juez= competente, quien las otorgará.

Como se mencionó anteriormente, el propósito de las medidas de protección es salvaguardar la integridad de la persona, ya sea en términos físicos, psicológicos o sexuales, y por lo tanto, tienen un carácter preventivo. Est= as medidas son de aplicación inmediata, especialmente cuando hay una vulneración a la mujer como víctima de violencia. De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica para prevenir y erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), las medidas de protección pueden ser otorgadas por los Tenientes Políticos a nivel Parroqu= ial y por las Juntas Cantonales de Protección de Derechos a nivel cantonal.

Entre las medidas de protección enumeradas en el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), la más solicitada por las víctimas e= s la boleta de auxilio, la cual es un documento que brinda protección a la vícti= ma. En caso de que se produzca una nueva agresión, la víctima puede llamar a la Policía Nacional y mostrar la boleta de auxilio, lo que puede resultar en la aprehensión inmediata del agresor o agresora en caso de que la orden sea violada. La boleta de auxilio es una de las medidas de protección más solicitadas y otorgadas en casos de violencia intrafamiliar, y en otras legislaciones también se conoce como orden de protección.=

La boleta de auxilio<= /o:p>

El Estado, a través de sus diversas instituciones públicas, ofrece protección y apoyo a las víctimas de agresiones para que se sientan seguras y puedan recuperarse de sus traumas. La boleta de auxilio es una de estas medidas, c= on el fin de prevenir la continuación de las agresiones y ayudar a las personas afectadas a retomar su vida normal.

En el art. 558 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), señala que u= na de las medidas de protección es la de otor= gar una boleta de auxilio a favor de la víctima o miembros del núcleo familiar = en el caso de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.= La boleta de auxilio es un recurso de protección destinado a salvaguardar a aquellas personas que han sido víctimas de violencia intrafamiliar. Esta me= dida fue establecida por los jueces con el objetivo de garantizar los derechos de las mujeres y prevenir la repetición de actos agresivos (Aulestia, 2018).

Las boletas de auxilio fueron diseñadas para proteger a las víctimas y los miem= bros de su familia de las agresiones físicas, psicológicas o sexuales que sufren= . El Estado debe garantizar la reparación de los derechos vulnerados y prevenir = que estas agresiones continúen.

El Estado Ecuatoriano ha ratificado una serie de instrumentos con el fin de asegurar los derechos de las mujeres y demás miembros de la familia que hay= an sido víctimas de violencia. Estas medidas incluyen prohibir el acercamiento= de la víctima por parte del agresor, prohibir la persecución y el acoso, la sa= lida del procesado de la casa familiar y la emisión de boletas de auxilio para proteger a la víctima y los otros miembros del núcleo familiar que hayan si= do agredidos física, psicológica o sexualmente (Marchena, 2019)<= !--[if supportFields]>.=

Proceso para otorgar la bo= leta de auxilio

Una boleta de auxilio debe ser concedida por un Juez competente con el fin de detener la violencia provocada dentro del núcleo familiar. Para que se pued= an conceder una boleta de auxilio, el individuo que haya sido víctima de viole= ncia intrafamiliar debe asistir a una Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia, donde los funcionarios actúan con relación a tres factores:

1.      Si la víctima llega en estado de crisis o con lesi= ones que son evidentes, debe ser dirigida a la sala de primera acogida, donde de= be ser atendidas.

2.      Si llega a la Unidad Judicial con la denuncia escr= ita, se la debe dirigir al área de ingreso de causas.

3.      Si la víctima llega a poner la denuncia verbal, y debe entregarse un turno para ingresar a la sala de primera acogida

Una vez evaluados esos factores, se procede a la elaboración de la boleta de auxilio:

1.      Acoge= r a la persona que llegó a la Unidad Judicial a denunciar

2.      Infor= mar a los usuarios que lleguen a denunciar, sobre los derechos y los procedimient= os judiciales

3.      Si la persona que llega a denunciar tiene daños o lesiones evidentes, se le debe brindar una atención emergente

4.      Reali= zar la entrevista activa por parte del psicólogo o trabajador social

5.      Valor= ación primaria del riesgo

6.      Redac= ción de la denuncia verbal a escrito

7.      Dar información a la víctima sobre el testimonio anticipado y sobre el consentimiento informado

8.      Ingre= sar la causa al sistema, para el respectivo sorteo del juez e iniciar los trámites= de gestión

9.      Otorg= ar medidas de protección (Marchena, 2019, p. 38).

Se necesitan pasos imprescindibles dentro de la Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia para garantizar los derechos de las víctimas de violencia intrafamiliar. Sin embargo, es esencial tener cuidado para no vulnerar los derechos del presunto agresor. Al emitir una boleta de auxilio, las medidas tomadas con respecto al acusado pueden vulnerar derechos y afectar directam= ente al denunciante (Muñoz, 2018).

Efectos de la Boleta de Auxilio

La boleta de auxilio juega un papel esencial en la salvaguarda de los derechos= y la seguridad física, psicológica y sexual de quienes han sufrido violencia doméstica. Esta boleta permite a la víctima evitar nuevos abusos al mostrar= la a un oficial de policía, quien se verá obligado a prestar ayuda al portador (Ledesma, 2019).

La boleta de auxilio busca brindar una protección integral a la mujer y la familia, para salvaguardar la integridad de la persona que se ve expuesta a situaciones de violencia. Esta herramienta jurídica otorga beneficios significativos al garantizar los derechos constitucionales de los involucra= dos, sin embargo, también se presentan efectos negativos, debido al mal uso de la boleta, lo cual se transforma en un problema cultural, ya que el uso indebi= do puede llevar a vulnerar los derechos del supuesto agresor, como, por ejempl= o, la restricción de contactar con los hijos (Ledesma, 2019).

De acuerdo con el art. 559 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacion= al del Ecuador, 2014), el uso de dispositivos electrónicos es una medida de prevención adicional. Por ejemplo, el botón de seguridad en el número 5 de = los teléfonos celulares, que permite enviar una señal de emergencia a las Unida= des de Policía Comunitaria [UPC] cercanas al domicilio. Esta herramienta puede = ser usada tanto por la víctima como por testigos, por lo que es indispensable q= ue la persona en situación de riesgo esté conectada al sistema de protección e= n su entorno cercano, en su casa, lugar de trabajo, estudio, etc. (Ledesma, 2019).

Las boletas de auxilio buscan brindar una protección a aquellas personas que son víctimas de violencia, sin embargo, es necesario tener mucho cuidado al otorgarlas ya que pueden ser usadas de forma indebida y generar la vulnerac= ión de los derechos del presunto agresor. Por ello, es importante que las autoridades realicen una investigación minuciosa antes de extender una bole= ta de auxilio (Troya, 2018).

Se podría considerar que está violando el art. 76, numeral 2 de la Constitució= n de la República del Ecuador, si se otorga un auxilio a la presunta víctima sin haber pasado antes por un proceso que declare la culpabilidad del supuesto agresor (Asamblea Nacional Constitu= yente del Ecuador, 2008). El mismo cuerpo= legal en el art. 76, señala las garantías básicas del debido proceso, y entre ell= as figura la presunción de inocencia. La afirmación de que otorgar un auxilio = a la presunta víctima sin haber pasado antes por un proceso que declare la culpabilidad del supuesto agresor podría violar el artículo 76, numeral 2. = Al otorgar un auxilio a la presunta víctima, se estaría tomando una medida en favor de la víctima sin que se haya llevado a cabo un proceso que determine= la culpabilidad del supuesto agresor. Esto podría ir en contra de la presunció= n de inocencia establecida en la Constitución, ya que se estaría asumiendo la culpabilidad del agresor sin que haya sido probada legalmente. Sin embargo,= es importante tener en cuenta que las medidas de protección son medidas preventivas y temporales para salvaguardar la integridad de la presunta víctima, pero no implican una declaración de culpabilidad del supuesto agre= sor. El proceso legal correspondiente debe llevarse a cabo para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado de acuerdo con las garantías estableci= das en la Constitución y las leyes aplicables.

No respetar la disposición constitucional al emitir una boleta vulnera los derechos del presunto agresor, puesto que no hay ninguna decisión firme que determine la culpabilidad de la persona. Esto está lejos de lo que sucede c= on los casos de violencia intrafamiliar, donde la versión de la víctima es dada po= r válida, siendo que su testimonio tiene suficiente valor probatorio para iniciar un proceso, por tanto, se emite la boleta para que la use cuando sea necesario. Sin embargo, esta herramienta puede tener usos incorrectos, con el resultad= o de lesionar los derechos de otro miembro de la familia (Carrasco, 2020).

El no acatar una boleta de auxilio emitida por una autoridad competente puede tener consecuencias legales. En este caso, se puede considerar como desobediencia a una orden de autoridad competente, lo cual está tipificado = como un delito en el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuad= or, 2014). La desobediencia a una orden de autoridad competente se encuentra contemplada en el artículo 282 del COIP. Según este artículo, aquel que desobedezca una orden impartida por una autoridad competente en el ejercici= o de sus funciones, será sancionado con una pena privativa de libertad de uno a = tres años.

Es importante destacar que la boleta de auxilio es una medida de protección otorgada por las autoridades con el objetivo de salvaguardar la integridad y seguridad de la víctima en casos de violencia de género. No acatar esta bol= eta puede ser considerado como una falta grave y puede tener repercusiones lega= les para el individuo que no la cumpla. Además de las consecuencias penales, es posible que el incumplimiento de una boleta de auxilio también genere otras medidas y sanciones administrativas, como la revocación de medidas cautelar= es previas, imposición de multas o la adopción de otras medidas de protección adicionales.

Análisis de posturas frent= e a revocatorias de boletas de auxilio

La Presidencia de la Corte Constitucional de Justi= cia (2019), en su absolución de consulta, de oficio No. 919-P-CNJ-2019, en su criterio no vinculante establece ciertos puntos importantes. Fundamenta su respuesta en la siguiente base legal: artículos 519, 520.1, 520.2, 558, 558= .1 521, 586 y 587 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), en su análisis plantea que es imprescindible dictar medidas de protección una vez conocida la infracción de violencia contra la mujer y la familia. Esto es para garantizar la integridad de la víctima, de la familia= y de todos los involucrados en el proceso penal, conforme a la Constitución ecuatoriana. Estas medidas tienen como objetivo primordial asegurar los derechos de las personas implicadas. Si hay una necesidad de cambiar, suspe= nder o revocar las medidas, puede hacerse durante la investigación previa o en el juicio oral. Estas medidas tienen un límite de tiempo, ya sea cuando el Juez dicta su sentencia en el juicio oral, o cuando se archiva la investigación. Cuando se llega a una decisión sobre la culpabilidad o se archiva la investigación, las medidas de protección dejan de ser necesarias.

En casos de violencia contra la mujer, el Fiscal debe solicitar el archivo de = la investigación dentro de los plazos establecidos por la ley. Para hacerlo, d= ebe realizar todas las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos y lleg= ar a la conclusión de que no constituyen delito. Si se trata de una contravenció= n, el Fiscal debe remitir el caso al juez especializado para su sustanciación y juzgamiento, manteniendo las medidas de seguridad dictadas. Al momento de declarar el archivo de la investigación, el juez debe revocar todas las med= idas de seguridad implementadas. En resumen, el Fiscal debe asegurarse de haber llevado a cabo todas las acciones necesarias para resolver el caso dentro de los límites de la ley y si procede el archivo, el juez debe revocar las med= idas de seguridad implementadas (Presidencia de la Corte Constitucional de Justi= cia, 2019).

Esto coincide con el planteamiento de Flores & Zamora (2022),  en el cual se menciona que la continuid= ad de las medidas de protección en los procesos de violencia intrafamiliar puede llevar a situar a la persona denunciada o procesada en un contexto de inseguridad jurídica, vulnerando de esta manera sus Garantías y Derechos Constitucionales, específicamente el principio de inocencia y el derecho al debido proceso. Por ello, se recomienda a los Operadores de Justicia que ajusten su actuación a lo establecido en la Constitución de la República (Asamblea Nacional Constituyente del Ec= uador, 2008), de manera irrestricta, poniendo a las partes procesales en igualdad de Derechos. Esto es especialmente importante en los procesos en los que no se verifica el cometimiento de un hecho ilícito, y en aquellos en los que los Derechos de una persona dependen de la actuación y decisión de otra, como sucede con los procesos por violencia intrafamiliar. En estos casos, los Juzgadores deben otorgar a la persona denunciante o presunta víctima medida= s de protección, con el fin de garantizar la ética y equidad de sus actuaciones sobre las de la persona procesada.

La Revictimización a la Mu= jer y Miembros del Núcleo Familiar

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y Abuso de Poder (Asamblea General de las Naciones Unida= s, 1985) establece que las víctimas son aquellas personas que hayan sufrido daños, c= omo lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas financieras o menoscabo de los derechos fundamentales, como resultado de acciones ilegale= s. En Ecuador, a pesar de las normas que protegen a las víctimas de violencia = de género, estas se encuentran en una situación de vulnerabilidad. Esto se deb= e a que no se han abordado los problemas de fondo para evitar una nueva victimización. El sistema de justicia expone a la víctima a episodios dolorosos, lo cual acarrea repercusiones psicosociales, personales, entre o= tras (De la Torre, 2019).

 Para Merchán (2020), la revictimiz= ación consiste en la exposición de una persona a experiencias que hacen revivir l= os traumas que ha sufrido. Esto sucede a menudo con el proceso judicial, ya qu= e se realizan entrevistas que pueden resultar poco empáticas para la víctima. Es= ta doble victimización afecta a aquellos que han sido abusados y a los cuales = la sociedad ha actuado para protegerlos. Se manifiesta a través de interrogato= rios extensos y prolongados, lo que genera ansiedad y estrés postraumático. Algu= nas personas son más resistentes a los recuerdos traumáticos, por lo que tienen menos probabilidades de revictimizarse.

De acuerdo con lo que menciona Zaffaroni (2012), hay una victimización primaria, provocada por el delito cometido, que puede tener efectos físicos, psíquicos, económicos y de rechazo social. También menciona que existe una victimización secundaria, que es considerada aún peor que la primaria ya que el sistema es el responsable de la victimización del que ac= ude a él en busca de justicia, afectando así al prestigio de este. Esta segunda forma de victimización es la que se conoce como victimización secundaria. En consecuencia, hay revictimización cuando la persona afectada es sometida a tratos inapropiados, como interrogatorios, restituciones de los hechos, comparecencias en los juicios, obligatoriedad de identificar a los acusados, narrar todo lo ocurrido y vivir los procesos judiciales con lentitud y demo= ra, además de tratarse de un tema de información pública por parte de los medio= s de comunicación.

Políticas Públicas frente = a la violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar en el Ecuador

En Ecuador, existen políticas públicas y estrategias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la violencia intrafamiliar. Una de= las políticas más relevantes es la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), que establece medidas para garantizar los derechos de las mujeres, prevenir y sancionar la violencia de género, y promover la igualdad entre hombres y mujeres. Esta l= ey establece la creación de la Secretaría Técnica de Erradicación de la Violen= cia contra las Mujeres y la implementación de servicios de atención integral a = las víctimas de violencia de género.

Además, se han creado servicios especializados para la atención y prevención de la violencia contra la mujer, casas de Acogida para Mujeres en Situación de Violencia. También se han establecido juzgados especializados en violencia contra la mujer y se han capacitado a los operadores judiciales en perspect= iva de género. El gobierno también ha implementado programas de sensibilización= y educación sobre la violencia de género en instituciones educativas, medios = de comunicación y la sociedad en general. Se han llevado a cabo campañas de concientización y prevención de la violencia, como la campaña -No más viole= ncia contra las mujeres- (Aulestia, 2018).

Hay que tener claro que la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018), contempla en = su artículo 51 una serie de medidas administrativas inmediatas de protección. Estas medidas tienen como objetivo prevenir o detener cualquier amenaza o violación a la vida e integridad de las mujeres, y son de carácter provisio= nal y de implementación inmediata. Entre estas medidas se encuentran:

a)      Emiti= r una boleta de auxilio y una orden de restricción que impida al agresor acercars= e a la víctima. f) Ordenar al agresor abandonar el domicilio. h) Ordenar la instalación de dispositivos de alerta, riesgo o dispositivos electrónicos de alerta en la vivienda de la mujer víctima de violencia. i) Activar los servicios de protección disponibles. o) Todas aquellas medidas que garantic= en la integridad de las mujeres que se encuentran en situaciones de violencia.= <= !--[if supportFields]> CITATION Asa18 \l 3082 =  (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018)

Además, el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), tipifica la violencia contra la mujer y los miembros del núcleo familiar en= los artículos 155 a 159. Estos artículos abordan diferentes formas de violencia, como la física, psicológica, sexual y contravenciones. El COIP también establece medidas de protección para este tipo de acciones, que se encuentr= an en los artículos 558 y 558.1.

Cabe destacar también, que se han creado servicios de atención integral a las víctimas y programas de prevención y sensibilización para la sociedad. En resumen, en Ecuador se han implementado diversas políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la violencia intrafamiliar. Sin embargo, todavía hay desafíos en la implementación efect= iva de estas políticas y en la sensibilización de la sociedad sobre la gravedad= de estos problemas (Aulestia, 2018)<= !--[if supportFields]>.

Resultados y Discusión

La violencia intrafamiliar es un problema que afecta a una gran cantidad de personas, especialmente a aquellas que viven en un entorno donde es común el abuso. Los enfoques sistémicos en el área de legal han tenido una perspecti= va anteriormente centrada en el punto de vista de la víctima, sin prestar aten= ción a los responsables, ni a la importancia de la situación social. La violencia puede definirse como el uso deliberado de la fuerza física u otros poderes,= sea reales o amenazantes, contra una persona, un grupo o una comunidad, que con= lleva el riesgo de heridas, daños psicológicos, trastornos en el desarrollo, privaciones o en el peor de los casos, el fallecimiento de la víctima. Los tipos de violencia intrafamiliar incluyen el maltrato físico, el maltrato psicológico/emocional, el a= buso sexual y la negligencia.

El Ecuador ha hecho importantes avances en la prevención de la violencia intrafamiliar. Las entidades encargadas de prestar ayuda directa a las víct= imas se han vuelto más eficaces al aplicar la legislación existente. Sin embargo, aún hay mucho por hacer para garantizar la igualdad real para quienes se encuentran en situación de desigualdad. Es importante seguir monitoreando el cumplimiento de la ley y tomar medidas para asegurar que los derechos y libertades de los ciudadanos se protejan y respeten. El Estado ecuatoriano = ha tomado medidas para combatir la violencia intrafamiliar, incluyendo la aprobación de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violenc= ia contra las Mujeres En el EcuadorCITATION Asa18 \t  \l 3082  (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018), y el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014). Estas medidas son importantes para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer y los miembros de la familia.

Asimismo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violen= cia Contra la Mujer (1995), ha sido un ma= rco importante para el desarrollo de políticas y leyes para prevenir la violenc= ia intrafamiliar. Las medidas de protección establecidas en la Ley son fundamentales para garantizar la seguridad y el bienestar de quienes han si= do víctimas de este tipo de delito. Estas medidas incluyen otorgar boletas de auxilio, ordenar el alejamiento del agr= esor de la residencia, impedir el acercamiento del agresor a la víctima, prohibi= r el acceso al individuo violentado, permitir que la víctima vuelva al hogar con= la salida simultánea del agresor, otorgar la custodia de la víctima menor de e= dad o incapacitada, y ordenar el tratamiento para las partes y los hijos menore= s de edad. En conclusión, esta investigación demuestra que el Estado ecuatoriano está comprometido a luchar contra la violencia intrafamiliar mediante la implementación de leyes y el uso de medidas de protección. Estas medidas son fundamentales para garantizar la seguridad y el bienestar de aquellos que h= an sido víctimas de este tipo de delitos.

En el Ecuador, existe una alta cifra de violencia contra la mujer a nivel nacional, a pesar de la evolución en cuanto a la legislación en favor de las mujeres que se ha venido dando con el tiempo:

Tabla 2

Datos estadísticos

 <= /o:p>

2011

2019

Población Objetivo

Mujeres de 15 años y mas

Mujeres de 15 años y mas

Tipo de violencia

Violencia física                         Violencia Psicológica                    Violencia Sexual                        Violencia Patri= monial

Violencia física                         Violencia Psicológica                    Violencia Sexual                        Violencia Patrimonial            Violencia = Gineco-Obstétrica

Ámbitos de investigación

En pareja                                      S= ocial, Laboral, escolar y familiar

En pareja                                    *Escolar                                             *Laboral                         =                 *Social                                        *Familia

Período de referencia

Toda la vida= del informante

Toda la vida= del informante

Los últimos = 12 meses

Notas: Datos entre las mujeres d= e 15 años y más

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de Ecuador INEC (2019)<= /p>

Figura 1<= /span>

Medición de violencia

A LO LARGO DE LA VIDA

Nota: Medición de violencia entre 2011 y 2019

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de Ecuador INEC (2019)<= /p>

Tabla 3

Violencia en el ámbito familiar

 <= /o:p>

 <= /o:p>

 <= /o:p>

Contó el inc= idente a un conocido

NO denuncio<= o:p>

La agredieron con empujones, jalones de pelo, patadas, puñetes o le lanzaron algún obje= to

Violencia física

52.80%<= /o:p>

96.00%<= /o:p>

¿La ha insultado, ofendido o humillaron?

<= /span>

Violencia Psicológica

 

54.20%<= /o:p>

96.70%<= /o:p>

¿La ignoraro= n o la hicieron sentir inferior?

Han tratado = de obligarle a tener relaciones sexuales, mediante chantajes, amenazas, uso = de la fuerza, armas, alcohol o drogas.

Violencia Sexual

62.10%<= /o:p>

95.60%<= /o:p>

Le quitaron, destruyeron o se apropiaron de sus bienes o propiedades o se apropiaron de documentos que la acreditan como propietaria o posesionaria de un bien?

Violencia Patrimonial

62.60%<= /o:p>

91.70%<= /o:p>

Nota: A nivel nacional a lo larg= o de la vida, 20 de cada 100 mujeres en el país, sufrieron algún tipo de violenc= ia en el ámbito familiar

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de Ecuador INEC (2019)

A todo esto, hay que tener presente el alto índice de violencia dentro del ám= bito familiar que no han sido denunciados, los resultados de esta encuesta muest= ran que la boleta de auxilio es una herramienta jurídica que busca proteger a l= as personas de violencia intrafamiliar. Esta boleta debe ser otorgada por una Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia, donde se realizan una ser= ie de procesos para determinar si la víctima debe recibir la boleta de auxilio. Esta herramienta otorga beneficios significativos al garantizar los derechos constitucionales de los involucrados, sin embargo, también tiene efectos negativos, como el uso indebido de la boleta, lo cual puede llevar a vulner= ar los derechos del supuesto agresor.

De acuerdo con los resultados obtenidos, se puede concluir que la boleta de auxilio es una herramienta útil para prevenir y combatir la violencia intrafamiliar, pero que debe ser otorgada con mucho cuidado para no vulnerar los derechos de los involucrados. Esta boleta debe= ser otorgada bajo una investigación minuciosa por parte de las autoridades, para asegurar que se está respetando el art. 76, numeral 2 de la Constitución de= la República del Ecuador, que se refiere a la presunción de inocencia. Por lo tanto, se recomienda que se adopten medidas adicionales para asegurar que la boleta de auxilio sea otorgada de manera responsable (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008).

Se debe tener en cuenta la importancia de ajustar la actuación de los Operador= es de Justicia al mandato constitucional para garantizar los Derechos y Garant= ías Constitucionales de las personas implicadas en los procesos por violencia intrafamiliar. La Corte Constitucional de Justicia, en su absolución de consulta, de oficio No. 919-P-CNJ-2019 (2019)= , establece la necesidad de dictar medidas de protección una vez conocida la infracción de violencia contra la mujer y la familia, con el objetivo primordial de asegu= rar los derechos de las personas. Si hay una necesidad de cambiar, suspender o revocar las medidas, puede hacerse durante la investigación previa o en el juicio oral. Estas medidas tienen un límite de tiempo, ya sea cuando el Juez dicta su sentencia o cuando se arch= iva la investigación. Al momento en que se declare el archivo de una investigación= , la o el juez debe revocar todas las medidas de seguridad que se han implementa= do. Por otra parte Flores & Zamora (2022), señalan que la continuidad de di= chas medidas puede llevar a situar a la persona procesada en un contexto de inseguridad jurídica, vulnerando el principio de inocencia y el derecho al debido proceso.

A todo esto, en la figura 1 se puede observar cómo es el panorama de violenci= a de una mujer a lo largo de la vida, teniendo en cuenta que más del 50% ha sufr= ido algún tipo de violencia, a esto hay que sumarle el hecho de que más del 90%= no ha denunciado, la situación que se vive en el Ecuador a nivel de violencia = de género es verdaderamente preocupante, se muestra un patrón de miedo o ignorancia al momento de denunciar y de las pocas denuncias que se logran realizar muchas terminan en impunidad debido a este mismo patrón.

 Es por esta razón que al momento de emit= ir una boleta de auxilio, que es la única herramienta que les mantiene medianamente protegidas frente a posibles agresiones, se deben contemplar ciertos puntos= que son importantes, los cuales ya se encuentran estipulados por la ley, pero de igual manera al momento de archivar el proceso, previo al levantamiento de medidas, se debería plantear la  posibilidad de mantenerla para protección de la víctima; sobre todo = si ya existen antecedentes previos de posibles actos de violencias sufridos de= ntro de su núcleo familiar, teniendo presente principalmente el índice estadísti= co de actos de violencia que no se denuncian, la boleta de auxilio facilitaría= la denuncia ante posible violencia que se pueda sufrir a futuro; lo cual finalmente no interfiere de ninguna manera con la presunción de inocencia d= el procesado, más bien se trataría de una herramienta eficaz que garantice la celeridad del acceso a la justicia y la protección integral de la posible víctima como persona en vulnerabilidad.

Teniendo en cuenta lo dicho, sobre todo en el ámbito estadístico, se puede evidenciar que la violencia intrafamiliar es un delito que, lamentablemente, suele que= dar impune en muchos casos, y es común que las víctimas no continúen con el pro= ceso por miedo a represalias por parte del agresor. En este sentido, la boleta de auxilio es una medida de protección esencial que puede ayudar a las víctima= s a sentirse más seguras y protegidas, incluso después de que se haya archivado= el proceso. Se debe tener en cuenta que el derecho a la protección contra la violencia es un derecho humano fundamental reconocido en la Constitución y = en los tratados internacionales de derechos humanos. La eliminación de la bole= ta de auxilio como medida de protección permanente, aun después de haber archi= vado el proceso podría vulnerar este derecho, ya que muchas víctimas necesitan e= sta protección para garantizar su seguridad y bienestar.

Se debe considerar la alta cifra de mujeres víctimas de violencia intrafamilia= r en la sociedad ecuatoriana. Estas mujeres pueden estar en peligro constante incluso después de que se haya archivado el proceso judicial. La boleta de auxilio puede ser una herramienta importante para garantizar su protección continua.

También es importante tener en cuenta que el sistema de justicia en la actualidad n= o es infalible, por tal razón el alto índice de delitos que quedan en la impunid= ad puede crear un ambiente de permisividad para los agresores. Mantener la bol= eta de auxilio como medida de protección permanente puede enviar un mensaje cla= ro de que la violencia intrafamiliar no será tolerada y que se tomarán medidas para proteger a las víctimas.

Mantener la boleta de auxilio como medida de protección permanente no significa que = se esté vulnerando el principio de presunción de inocencia del agresor. La bol= eta de auxilio simplemente establece que, en caso de que el agresor vuelva a comet= er una agresión, la Policía Nacional podrá detenerlo de forma inmediata, sin necesidad de que se haya declarado su culpabilidad en un proceso previo. Y = en tal caso de que sea necesario a consideración de las partes procesales elim= inar la boleta de auxilio deberá someterse a un análisis judicial independiente = del archivo de la investigación para sustituirla o eliminarla.

Conclusiones

·      =    En relación con el objetivo general planteado, para determinar si la boleta de auxilio debe mantenerse o ser revocada después de una investigación de violencia intrafamiliar, es necesario considerar los criterios establecidos. Estos criterios deben ser diseñados para garantizar= la seguridad y protección de la víctima, así como para asegurar que los perpetradores de la violencia sean responsabilizados. Además, los criterios deben ser flexibles para adaptarse a los cambios en la situación de la víct= ima y los perpetradores; si bien es cierto, los criterios garantistas establecen que si se archiva la causa deben revocarse las medidas por el principio de presunción de inocencia, no se está tomando en cuenta la protección integra= l de las víctimas, las cuales como se pudo notar muchas veces no denuncian los a= ctos de violencia o desisten de los procesos ya iniciados. De igual manera sucede que luego de la denuncia no dan el seguimiento oportuno y correcto a sus ca= sos ya sea por miedo, ignorancia o falta de recursos, lo cual termina siendo un riesgo para ellas; por tal razón el juzgador previo a revocar la boleta de auxilio como medida de protección debería contemplar todos los escenarios posibles que garanticen la integridad de las víctimas.

·      =    Los factores que contribuyen al aumento de la violencia contra las mujeres son complejos y van desde la desigualdad de gé= nero hasta el machismo arraigado en la sociedad. Por lo tanto, la prevención y mitigación de las víctimas debe abordarse desde una perspectiva integral que incluya programas educativos, acciones de sensibilización, así como la aplicación de leyes que garanticen la protección de las mujeres.=

·      =    La boleta de auxilio es una herramienta eficaz para garantizar los derechos de la mujer en el Ecuador, ya que le otorga una protección temporal a la víctima, además de proveerle una serie de benefici= os económicos y sociales. Sin embargo, es necesario mejorar el cumplimiento de los derechos de la mujer garantizados por esta herramienta para que realmente sean efectivos.

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